lunes, 30 de noviembre de 2009

La Caza.

Cualquier aficionado a la caza debe saber que en España la Ley de Caza de 1970 (Ley 1/1970, de 4 de Abril, de caza) ha dado lugar, con la transferencia de competencias en la materia, a que las distintas Comunidades Autónomas elaborasen sus propias Leyes de Caza para sus territorios. Para conocer las peculiaridades de cada lugar, lo más apropiado es consultar la Ley de aquella que corresponde a la localidad donde se encuentre el sitio en el que vamos a practicar la caza. Hay que tener en cuenta los diferentes periodos hábiles (vedas) para la caza en terrenos públicos según las especies. Conviene conocer la normativa en cuanto a distancias a casas, caminos, instalaciones, ... para no cometer imprudencias por desconocimiento. Para TODOS los cazadores, es necesaria la LICENCIA DE CAZA, ya sea de MAYOR o MENOR, en función de las especies que vayamos a cazar. También es imprescindible tener en vigor el SEGURO de CAZA. Con la puesta de moda del tiro con arco han aparecido asociaciones, cotos, ... que han preparado sus instalaciones para los cazadores de esta modalidad, esos son los más convenientes para la caza con ballesta, puesto que debemos hacerla a distancias muy próximas a las del arco (menos de 40 metros) y en las mismas condiciones de silencio, camuflaje y quietud. De entre los lugares en los que cazar, destacan los cotos. En aquellos en los que sus propietarios vean con buenos ojos la caza con arco/ballesta, encontraremos los puestos de tiro preparados con treestands o plataformas en las que efectuar las esperas; los lugares estarán querenciados para los animales y los precios suelen ser accesibles. Para los que deban pernoctar en los cotos por vivir lejos, estos suelen contar con alojamiento y comida, lo que nos evitará preocuparnos por horarios y desplazamientos para las comidas (algunos son auténticos hoteles de lujo en su dotación y trato puesto que tienen al frente a auténticos aficionados y conocedores de este mundo). Otro de los puntos a favor de los cotos es que no limitan su actividad cinegética a los periodos de veda ya que gestionan durante todo el año y en función de la densidad de animales disponibles, llegando a tener fechas para todo el año (algunas más favorables que otras). Los precios son bastante accesibles, siempre diferenciando hembras, machos, trofeos y especies (ciervo, gamo, jabalí, muflón, corzo, ...). Por contra, si se caza en terrenos públicos, siempre será a un precio más barato, pero no hay tanta seguridad de cobrar una pieza, ni en las mismas condiciones, cada uno se decanta por lo que más le guste o convenga. ¿No se te habrá pasado por la cabeza participar en una montería, verdad?, arcos y ballestas son armas para los recechos y esperas, como mucho alguna batida y no para tirar a animales que, asustados por los perros y el ruido, salen corriendo entre matas, árboles y jaras y menos a las distancias que suelen pasar de esos puestos, ya que lo mismo te salen a 15 m que a 150. Aparte de los anuncios en revistas especializadas, en enlaces encontrarás algunos para practicar este deporte.
Las diferentes leyes de caza emitidas por las Comunidades Autónomas que he podido leer no añaden novedad alguna sobre la caza con ballesta a la ley de 1970. El único apartado que se puede encontrar en una de estas leyes autonómicas hace referencia al uso de ballestas como modalidad de trampas de lazo ( ..... perchas o ballestas, fosos, nasas y alares.) pero si nos molestamos en leer bien la letra, se trata de una modalidad de trampa con ese nombre, no del tipo de arma , en la Gran Enciclopedia Larousse podemos encontrar el significado de esta acepción en el que pone: "Cineget. Armadijo o cepo para apresar pájaros." A la hora de obtener la licencia, algunas comunidades hacen un recargo por la modalidad de arco o ballesta, cetrería, hurones,... así que conviene explicitar la nuestra en el momento de sacar la licencia, no nos vayamos a encontrar con una licencia incompleta o distinta de la necesaria. Conviene, siempre que pretendamos ir a un coto, preguntar si aceptan cazar en esta modalidad antes de comprometer fechas para evitar problemas posteriores, puesto que en algunos lugares privados no se admiten arqueros/ballesteros. Sin embargo cada día se extiende más esta variante de caza y el número de lugares donde se practica esta modalidad aumenta cada año. Todos los cazadores, en la modalidad que sea y con cualquiera que sea el arma que usen, deben ser ante todo RESPONSABLES, PACIENTES y RESPETUOSOS con el medio y con los animales que encontremos. Aunque suene extraño sí, hay que respetar a los animales, no se trata de tirar a cualquiera, en cualquier momento y "por donde lo cojas", dejar animales heridos perdidos en el monte no es precisamente un regocijo para el buen cazador, asegurar una flecha, en el sitio adecuado y que el animal caiga lo antes posible sin sufrimientos innecesarios habla bastante del cazador que lo ha cobrado.


http://www.youtube.com/watch?v=lUomVCdTwH0&feature=related

1 comentario:

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